Redada de mediados de mayo en el sur de Los Ángeles. [Foto: José Ake Herrera]
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Conforme a las actuales leyes de inmigración, quien desea obtener la residencia permanente en Estados Unidos debe salir del país y hacer el trámite a través de un consulado estadounidense, a menos que haya sometido su solicitud antes del 30 de abril de 2001.

La residencia permanente puede obtenerse a través de un familiar que ya es residente o ciudadano estadounidense, por medio de la fuente de trabajo, como refugiado o mediante leyes especiales como la Ley de Violencia Contra las Mujeres (VAWA) y el Estado Especial de un Inmigrante Juvenil (SIJS), explicó Mirna Torres durante una presentación como directora de legalización y abogada de la Red Católica Legal de Inmigración (CLINIC).

La inmigración mediante un familiar que es ciudadano estadounidense puede darse a cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres. En segunda preferencia pueden beneficiarse hijos solteros mayores de 21 años. En tercera opción están los hijos casados y en cuarto lugar pueden inmigrar legalmente los hermanos.

Un residente permanente puede solicitar para inmigración legal a cónyuges, hijos solteros menores de 21 años e hijos solteros mayores de 21 años, pero será catalogado como segunda preferencia.

La abogada de CLINIC señaló que un residente permanente es quien vive en el país, cuenta con permiso para trabajar, está autorizado para viajar al extranjero y puede naturalizarse.

Un indocumentado es quien entró al país sin papeles o sin ser inspeccionado, o también quien entró con la debida documentación, pero cuya visa ya no es vigente. Para estas personas, el hecho de ser indocumentados con más de 180 días residiendo en Estados Unidos, los pone en una posición más difícil para regularizarse, indicó Torres.

Quien lleva más de 180 días (seis meses), pero menos de un año de presencia indocumentada en el país y es deportado, se le prohíbe el regreso a EU durante tres años.

Si lleva más de un año residiendo indocumentado, el castigo se eleva a 10 años. El gobierno puede otorgar perdones en ciertos casos.

La abogada recomendó a los inmigrantes interesados en un futura legalización, guardar documentos que comprueben su identidad, residencia o presencia en Estados Unidos, historial de empleo y buen carácter moral. Es importante que jamás declaren falsamente que son ciudadanos estadounidenses y tampoco registrarse en el padrón electoral o votar en alguna elección.

Torres alertó que casarse con un ciudadano (a) estadounidense no garantiza el estado legal migratorio y tampoco lo protege contra la deportación. Igualmente, tener hijos nacidos en Estados Unidos no da derecho de vivir legalmente en el país.

CLINIC recomienda no caer en manos de notarios públicos o proveedores de servicios de inmigración que no sean abogados acreditados por las autoridades de inmigración.