Para algunos inmigrantes detenidos bajo el cargo de robo de identidad, la decisión emitida por la Corte Suprema podría representar ciertos cambios benéficos en su proceso judicial.
El lunes, la corte dio a conocer la decisión, aprobada por unanimidad, en el caso de Carlos Flores Figueroa, un inmigrante mexicano arrestado en 2006 que confesó haber usado un número falso de Seguro Social, pero que no reconoció haber suplantado la identidad de otra persona. Flores Figueroa usaba una combinación de números que eran los de otra persona, pero el fiscal no pudo demostrar que el acusado sabía que estaba usando un número legítimo que por tanto estaba suplantando otra identidad deliberadamente.
Esta decisión impide que en el futuro se inicien procesos con el cargo de robo de identidad contra inmigrantes en esta misma situación, a menos que el propio inmigrante deliberadamente use el documento para utilizar la identidad de otra persona. Sin embargo, la resolución también podría beneficiar en cierto modo a quienes hoy se encuentran detenidos enfrentando un proceso bajo los mismos cargos.
Según Enrique Arévalo, un abogado de inmigración, esta resolución constituye un nuevo elemento para la defensa de quienes están acusados de robo de identidad, que, bien manejado, podría hasta llevar a la anulación del proceso.
"A aquellas personas detenidas y encarando cargos similares a los de Carlos Ignacio Figueroa, deben dejarlas salir después de esta decisión, porque ésta lleva el peso del el Tribunal Supremo", explica Arévalo. "El gobierno federal no puede sostener un cargo de culpabilidad; esto viola los derechos básicos constitucionales de estas personas (…) y la Suprema Corte constituye la autoridad en esta instancia".
De acuerdo con el abogado, los casos en los que no es posible hacer nada son los de quienes fueron deportados. "A menos que tuvieran alguna manera legal de regresar al país y reargumentar sus derechos, va a ser difícil que quienes están ya fuera de la jurisdicción judicial puedan reestablecer un procedimiento", explicó.
Sin embargo Peter Schey, también abogado de inmigración y director ejecutivo del Centro para los Derechos Humanos y la Ley Constitucional, considera que esta decisión no modifica la situación de quienes ya están enfrentando un juicio que conlleva deportación, aunque sí los libera del cargo.
"Lo establecido por la Corte Suprema no tiene nada que ver con los casos de deportación de las personas involucradas en estos cargos, sino con los cargos criminales", dijo Schey, "No veo probable que las personas en esa situación queden libres; lo que sí, no aparecerán en su expediente los cargos criminales, y en ese sentido ésto sí constituye una ventaja".
Por su parte Jorge Mario Cabrera, portavoz de CHIRLA, dijo que para quienes se encuentran en esta situación el procedimiento consistiría en que sus abogados defensores presentarán la nueva evidencia como razón suficiente para que el caso sea denegado o haya una nueva consideración del mismo.
"Un buen abogado lo haría. Lo malo es que en algunos casos es probable que los detenidos ya hayan firmado su propia deportación, por un lado; y, por otro, si no hay un abogado privado defendiendo los casos para presentar esta nueva información, no creo que los otros defensores se tomen el tiempo de hacerlo. La corte fue muy clara señalando que no hay delito si no hay intención; el problema es que no aclaró si la decisión es retroactiva o si es de aquí para adelante".
La Opinión buscó tanto a las autoridades de inmigración como a las del Departamento de Justicia para inquirir qué ocurrirá con los casos de quienes están detenidos por robo de identidad pero aún no ven finalizado su proceso. Sin embargo, los portavoces de ambas dependencias declinaron hacer algún comentario o aclaración al respecto.