Si alguien usa un número de seguro social que no sea el suyo para obtener, por ejemplo, crédito o trabajo, sólo está cometiendo el delito de robo de identidad si sabe a quién pertenece y no si simplemente se lo ha inventado.

Hasta ayer, parecía que cualquier uso indebido de un número de seguro social era acción suficiente como para que cualquier indocumentado pudiera ser sentenciado y hasta deportado del país, pero la Corte Suprema aclaró que para que pueda procesarse al sospechoso debe existir evidencia suficiente de que el acusado tenía la intención de cometer un robo de identidad o, cuando menos, tenía conocimiento de que los números ofrecidos como su supuesto seguro social correspondían a otra persona.

Tan pronto como el Alto Tribunal se pronunció al respecto, abogados y organizaciones pro inmigrantes mostraron su alegría, en lo que consideran "muy buenas noticias" para los indocumentados.

"Al fin se ha hecho una clara distinción entre quienes cometen actos criminales en el robo de identidad y las personas trabajadoras, que lo único que hacen es usar un número con el que buscan trabajar, sin tratar de hacer ningún daño a ninguna persona y sin entendimiento de a quién le pertenece", dijo Angélica Salas, directora de la Coalición de Los Ángeles para los Derechos de los Inmigrantes (CHIRLA).

La decisión de la corte, que fue unánime con nueve votos a favor y ninguno en contra, se asentó en el caso de Ignacio Carlos Flores Figueroa, un inmigrante mexicano arrestado en 2006, que confesó haber usado un número falso pero no admitió suplantar la identidad de nadie.

La combinación de números dada por Flores Figueroa podría simplemente no haber existido, pero el acusado no supo que los números inventados o al azar que ofreció como si fueran su seguro social eran en realidad los de otra persona. El fiscal no pudo probar que el acusado sabía que se trataba realmente de un número legítimo, por lo que la Corte diferenció ayer entre quiénes pueden ser acusados y quiénes no.