Soy ciudadano americano desde abril y junto con mi certificado de ciudadanía me dieron un papel que decía que mi niño podría ser también ciudadano automáticamente. Mi pregunta es ¿qué pasos debo seguir pues sólo nos dan 10 meses para ello? ¿Tengo que volver a pagar? Muchas gracias por su respuesta.
Anónimo (email)
Estimado lector: Su hijo podría beneficiarse con la ciudadanía automática que Ud. menciona. Los requisitos son 4, el primero es que el menor no haya alcanzado la edad de 18 años, el segundo que uno de los padres sea ciudadano americano (en este caso Ud.), el tercero que el padre ciudadano americano tenga la custodia legal y física del menor, y el cuarto es que el menor haya sido admitido en los Estados Unidos como residente permanente. Cuando se dé el último de estos requisitos, el menor adquiere la ciudadanía en forma automática. Para corroborar esto, Ud. puede solicitar un pasaporte americano para el menor y también solicitar un certificado de ciudadanía al servicio de inmigración. Ud. habla de pagar, siempre hay que pagar. El Departamento de Estado tiene "fees" para emitir pasaporte y el Servicio de Inmigración también tiene sus propios "fees" para emitir el certificado de ciudadanía. Eso es todo.
Novio residente permanenteHola, mi novio es residente permanente de los Estados Unidos. Me voy a casar con él y deseo saber cuánto tiempo tardaré en obtener un permiso de trabajo después de que él envíe una petición en mi favor. Yo estoy amparada con la 245-I por un trámite que tenía junto con mi ex esposo, el cual al divorciarme de él por supuesto me dejó fuera. Sin embargo una abogada me dijo que aún divorciándome yo no perdía la protección de la 245 (i). Gracias.
Anónima (email)
Estimada lectora: Desde hace dos meses (julio y agosto de 2008) no hay visas disponibles para cónyuge mexicano de residente permanente (categoría 2A). Sin embargo, es de esperar que el turno retome la fecha del mes de junio de 2008 que era Mayo 1, 2002. Si su novio, después de casarse con Ud., solicita una visa de inmigrante para Ud. la espera suya sería de unos cinco años aproximadamente. La única manera de acortar esta espera es que él se haga ciudadano americano. El otro tema que Ud. toca que no tiene nada que ver con éste (disponibilidad de visas) es el de la protección de la 245 (i) que le va a permitir ajustar estatus sin volver a México. Coincido con el consejo de la abogada que Ud. menciona, Ud. puede utilizar la petición de su primer esposo anterior al 30 de abril de 2001 para ajustar estatus con su segundo esposo (este novio con el cual se va a casar). Si la ley se mantiene como está ahora, eso es todo.
Cuatro años ilegalLlegué a este país con una visa de turista hace cuatro años, me quedé ilegalmente después de que ésta expiró debido a que conseguí una buena oportunidad de empleo, de hecho inicié el trámite para arreglar mi estatus por medio de la ley 245(i) en caso de que fuera aprobada en algún momento, pero eso no ocurrió, debido a cambios en la empresa donde estaba. Ahora me he quedado sin trabajo, estoy considerando volver a mi país pero me gustaría saber si hay alguna posibilidad, por mínima que sea de que yo pudiera arreglar mi situación migratoria aquí en el país, pues tengo un bebé de 1 año, nacido aquí y me encantaría que el crezca aquí pues tiene más oportunidades. Muchas gracias por su atención.
Anónima (email)
Estimada lectora: Habiendo entrado con visa al país, sólo la petición de un esposo ciudadano americano puede legalizarla. No veo que tenga otro camino por ahora.
Puerto RicoTengo un familiar que vino ilegal a Puerto Rico hace más de cinco años, pero tuvo dos niños y luego se casó con la madre de sus hijos que es puertorriqueña. Se comenzaron los trámites de petición en octubre pasado (2007), pero como no la estaban pasando bien económicamente en Puerto Rico él intentó cruzar a New York donde tiene mucho más familiares que le podían ayudar. Pero en el trayecto lo agarró inmigración. Le pusieron una multa y lo llevaron ante un juez, el que le ordenó salir de Puerto Rico a esperar su visa en República Dominicana. El abogado le dijo que está bien, pero yo he leído y oído que si sales te pueden castigar con 10 años sin entrar a los Estados Unidos. ¿ Qué es lo más recomendable?
Anónima (email)
Estimada lectora: Ud. está en lo cierto, debido a que su familiar entró sin visa a los Estados Unidos (P.R.) no puede ajustar estatus. Por el contrario debe ir a pedir su visa a Santo Domingo. A la vez, debido a que ha permanecido en EE.UU. por más de un año sin visa, lo van a sancionar con esperar 10 años en su país.
Para sus preguntas de inmigración escriba a "Consultas de Inmigración", 1516 E. Hillcrest St., Ste. 306, Orlando, Florida 32803. Fax: 407-896-4566; legalusa@bellsouth.net.








