La ley federal de Derecho al Voto de 1965 (VRA), enmendada en 1975, exige que jurisdicciones con 5% de la población con edad de votar que hable un idioma que no sea el inglés (minorías lingüísticas) deben de imprimir toda información relacionada al sufragio en tal idioma.
En 2006, según los últimos datos del Negociado del Censo disponibles, en Puerto Rico, habían 2,909,158 personas mayores de 18 años. De éstas, 143,189 (ó 4.92%) tan sólo hablaban inglés; mientras que 2,761,761 (ó 94.93%) hablaban español. Pero estos datos contrastan con los del censo de 2000, que halló que 14.4% de la población de Puerto Rico (392,828 personas) tan sólo hablaban el idioma inglés; el mismo censo que halló que 80% de la población de la isla era blanca. Los datos podrán discrepar, pero los del censo del 2000 posiblemente sean aceptados como oficiales por el tribunal de apelaciones.
Aquellos de nosotros que abogamos por la democratización del proceso político entendemos que, si hay que imprimir una papeleta electoral en cualquier idioma que sea necesario para poder ejercer el derecho al voto, se debe de hacer. Pero, ¿qué implica este fallo de un tribunal federal para las minorías lingüísticas en los EE.UU? ¿Pudieran ser los angloparlantes una minoría lingüística en territorio norteamericano, como lo es Puerto Rico, con todo lo que esto implica en cuanto a relaciones sociales de poder? Sería el colmo de la ironía. ¿O es el caso de los angloparlantes en Puerto Rico uno sui generis, como suele ser Puerto Rico generalmente, que no repercutiría en la jurisprudencia de los 50 estados de la unión? Los partidarios de la anexión de Puerto Rico a los EE.UU. argumentan a favor de este litigio desde la perspectiva de la igualdad ciudadana y política. Pero si a Puerto Rico se le siguiera tratado sui generis, la decisión judicial no avalaría esta postura de los “estadistas”, muy a su pesar.
Si, por otro lado, se cuestionasen la fiabilidad de los datos del censo del 2000 y se aceptaran los datos del 2006 como más próximos y más fidedignos, y se afirmara la decisión del tribunal de distrito, esto eliminaría el umbral del 5% que es el estándar legal establecido. De ser así ¿qué pudiera representar ese fallo para los hispanos (y otros grupos de minoría lingüística) en los EE.UU., en donde ya no habría que ajustarse tal estándar legal? ¿Sería posible que se extendiera el proceso electoral bilingüe a todos los EE.UU.? En este clima antiinmigrante y xenófobo que impera en la sociedad estadounidense sería muy dudoso este resultado.
El fallo del tribunal de distrito pudiera ser sobreseído y proceder las elecciones sin papeleta bilingüe. No obstante, el derecho a votar, facilitado de la mejor manera, se debe de promover en todos los ámbitos. Eso es democracia.
es investigador en el Centro de Estudios Puertorriqueños de Hunter College (CUNY).






